Abone se suma a la campaña contra el consumo de alcohol en menores durante las Fiestas de Verano de la Plataforma para el Ocio de Calidad

La Plataforma para el Ocio de Calidad, liderada por la Dirección General de Salud Pública del Govern Balear ha desarrollado una campaña contra la venta y consumo de alcohol por los menores de edad durante el tiempo de ocio nocturno y las fiestas de verano, en general y, en las Fiestas de  Sant Joan, en particular.

Esta campaña se basa en el recordatorio de la normativa vigente, que incluye un total de 7 puntos a tener en cuenta para cumplirla de forma rigurosa:

1- Ley 11/2014, de 15 de octubre de comercio de las Illes Balears. Regula la prohibición de dispensar alcohol a menores, así como la prohibición de la venta automática de bebidas alcohólicas a personas menores de edad y la regulación de la venta no automática de bebidas alcohólicas a menores de 18 años.

2- Los ayuntamientos cuentan con ordenanzas que prohíben la venta de bebidas alcohólicas entre las 24:00 horas y las 08:00 horas del día siguiente, en cualquier tipo de establecimiento comercial.

3- Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividad de las Islas Baleares. Establece la prohibición de consumir bebidas alcohólicas en espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos a las personas menores de 18 años.

4- Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la Seguridad Ciudadana. De obligado cumplimiento durante todo el año.

5- Ley 9/2019, de 19 de febrero, de atención y derechos de la infancia y la adolescencia de las Islas Baleares. El artículo 56 de esta normativa indica que: Las personas menores de edad tienen prohibido el acceso a las bebidas alcohólicas y al tabaco y que se prohíbe consumir, vender o suministrar estos productos.

6- Ley 5/2022, de 8 de julio, de políticas de juventud de les Illes Balears. Esta Ley tiene por objeto articular el marco normativo para desarrollar las políticas de juventud y regular los derechos específicos de las personas jóvenes.

7- Igualmente, queda prohibida cualquier forma de promoción o publicidad que incite a las personas menores de forma directa o indirecta al consumo de bebidas alcohólicas o de tabaco.

Los objetivos que persiguen estas actuaciones son: dignificar nuestro entorno de ocio y fiestas, con la intención de reducir situaciones de riesgo, daños a las personas, daños al mobiliario público y privado, reducir el número de comas etílicos, etc y proteger a las personas, especialmente a los menores de edad.